Miércoles 08.02.2012 | 16:53 Ajuntament de Xirivella P/ Concòrdia, 6 - 46950 Xirivella - Teléfono 96 313 50 50

Concejales Delegados

DECRETO 1017/11

 

Esta Alcaldía, de conformidad con la facultad concedida por el art. 21.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y artículos 43, 46 y 52 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2568/86 de 28 de noviembre, RESUELVE:

 

1.- Otorgar las siguientes delegaciones genéricas con carácter permanente con facultades tales como:

 

1.1. Elaborar planes y proyectos, sin perjuicio de las decisiones colectivas con respecto a ellos.

 

1.2. Proponer y evaluar políticas.

 

1.3. Establecer y mantener relaciones ciudadanas a propósito de los planes, proyectos y políticas.

 

1.4. Organizar y mantener relaciones interadministrativas y con organizaciones privadas.

 

1.5. Dirección y gestión interna de los Servicios adscritos.

 

 

Entre el contenido de las delegaciones genéricas se incluye la facultad de resolver actos administrativos que afecten a terceros en las materias expresamente mencionadas, y la presidencia de los Consejos Sectoriales existentes en el Ayuntamiento, en función de cada una de las materias delegadas a favor de los siguientes Concejales:

 

a) Dª Josefina Cotino Cortés, Concejala delegada de Salud e inmigración:

 

Comprende la coordinación del Área de Bienestar social y cultura y la dirección y gestión de los asuntos relacionados con temas sanitarios, Inmigración, y Oficina de Atención al consumidor 

 

 

 

b) D.ª Francisca Bartual Bermell, Concejala-Delegada de Educación y fiestas:

 

Comprende la dirección y gestión interna de los servicios relacionados con temas educativos que incluye la presidencia del Consejo Escolar Municipal, la dirección y gestión interna de los servicios de Normalización lingüística, fiestas locales y asuntos análogos

 

 

 

c) D. Pablo Boix Ruiz: Concejal-Delegado de Seguridad e innovación

 

Comprende el ejercicio de la jefatura de la policía local, competencias sobre tráfico, incluyendo la facultad sancionadora en la materia y protección civil, así como la presidencia de los consejos sectoriales relacionados con dichos servicios, la dirección y gestión interna de los servicios del Gabinete de información y Servicios Informáticos así como la dirección y gestión de las políticas de personal y recursos humanos, y oficina de quejas y sugerencias.

 

 

d) Dª Begoña Cortijo Minuesa: Concejala Delegada de Servicios Sociales:

 

Comprende la dirección y gestión de los asuntos relacionados con Servicios Sociales.En materia de Participación Ciudadana se entiende incluida la presidencia de los Consejos Sectoriales y Consejos de Barrio, excepto las atribuidas a otras delegaciones y comprende la coordinación de la política municipal en materia de participación ciudadana.

 

 

 

e) D. Guillermo Garrido Jiménez, Concejal Delegado del Emprendedor:

 

Comprende, Además de la coordinación del área de Dinamización Municipal y Empleo, la propuesta de aprobación de instrumentos de planeamiento de competencia de Pleno, incluyendo igualmente las facultades sancionadoras en materia de disciplina urbanística y el otorgamiento de licencias de ocupación, órdenes de ejecución, licencias de parcelación, segregación y otras urbanísticas, excepto las clasificadas como licencias de obras mayores

 

En lo que a proyectos se refiere se entienden atribuidas las funciones de coordinación y supervisión de proyectos de obra municipales

 

Así mismo le corresponde los asuntos relacionados con la gestión de mercados municipales, fomento del empleo y Desarrollo Local.

 

 

f) D. Cristian Hilario Gómez Torrijos: Concejal delegado de Juventud y Deportes:

 

Comprende la dirección y gestión de los servicios adscritos citados, incluida la presidencia de Consejos Sectoriales Específicos existentes o de nueva creación, así como la coordinación de las políticas a implementar en el Barrio de la Luz.

 

 

 

2.- Las anteriores delegaciones dentro de las facultades resolutivas mediante actos administrativos, incluye la autorización del gasto dentro del ámbito de cada competencia, , las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

 

 

 

3.- Poner en conocimiento de los concejales delegados que con respecto a los créditos no se podrán adquirir compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar (artículo 173.5 de RDL 2/2004, de 5 de marzo).

 

 

4.- Otorgar las siguientes delegaciones especiales, relativas a los servicios que a continuación se expresan y con facultades tales como:

 

 

4.1Elaborar planes y proyectos, sin perjuicio de las decisiones colectivas con respecto a ellos.

 

4.2 Proponer y evaluar políticas.

 

4.3Establecer y mantener relaciones ciudadanas a propósito de los planes, proyectos y políticas.

 

4.4Organizar y mantener relaciones interadministrativas y con organizaciones privadas. 

 

 

A favor de los siguientes Concejales:

 

 

a).- Dª Trinidad Martínez Castillo: Concejala Delegada de Mayores y Mujer

 

Comprende la dirección y gestión de los asuntos relacionados con la Tercera Edad, mujer y relaciones con movimientos asociativos de mujeres

 

 

b) Dª Mª José Salido Gómez: Concejala Delegada de Cultura

 

Comprende la dirección y gestión interna de los servicios relacionados con temas culturales, musicales, servicios de bibliotecas. Así mismo comprende la dirección y gestión de la Agenda Política y mantenimiento de edificios municipales

 

 

c) D. Joaquín Delgado Pérez: Concejal-Delegado de Desarrollo Sostenible:

Comprende la Dirección y gestión de espacios públicos (plazas, parques, jardines y dirección de SIR), así como los servicios de agua, limpieza, alumbrado público, mantenimiento de infraestructuras y asuntos análogos.

En materia de Medio Ambiente comprende los asuntos relacionados con el Servicio de Medio Ambiente, Agricultura, Residuos y Ciudad 21, incluyendo la presidencia de consejos sectoriales relacionados con dichos servicios.

 

d) Dª Pilar Ureña Sancho: Concejala-Delegada de Hacienda:

 

Comprende además de la coordinación del área de Gestión municipal, la dirección y gestión de los asuntos relacionados con los servicios de Contabilidad, Gestión Tributaria, Tesorería y Recaudación así como los asuntos relacionados con el servicio de administración general.

 

5.- Esta Alcaldía-Presidencia, en virtud de lo establecido en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Corporaciones Locales, de 28 de noviembre de 1986, conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:

 

5.1 La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.

 

 

 

5.2 La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.

 

5.3 Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, delegándose igualmente la resolución de los recursos administrativos que pudieran plantearse.

 

 

6.- La totalidad de las delegaciones otorgadas mediante la presente resolución deben ser aceptadas por los delegados, entendiéndose aceptadas tácitamente si en el término de 3 días hábiles no hacen manifestación expresa de no aceptación. En cualquier caso, las delegaciones surtirán efecto desde el día siguiente de la fecha de la resolución.

 

 

7.- Notificar a los interesados dichos nombramientos, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia los expresados nombramientos y dar cuenta al Pleno en la primera sesión a celebrar.

 

 

 

Xirivella, 24 de junio de 2011

 

 

 

 

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