Miércoles 08.02.2012 | 23:36 Ajuntament de Xirivella P/ Concòrdia, 6 - 46950 Xirivella - Teléfono 96 313 50 50
Declaración de plusvalía

Información general

El sujeto pasivo obligado a practicar la liquidación y a ingresar el importe del impuesto es de acuerdo a la normativa:

1.En las transmisiones o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo (herencias y donaciones), quién adquiera el bien inmueble o a cuyo favor se constituya ó transmita el derecho real de que se trate.
2. En las transmisiones o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso (compra-venta, permuta, expropiación forzosa, donación en pago de deuda...) quién transmita el bien inmueble o que constituya o trasmita el derecho real de que se trate.

Normativa aplicable:

1. Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

2. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

3. RDL 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales

4. Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo

 


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Departamento:Gestión tributaria

Órgano gestor :



Gestión Tributaria

Pza. Concordia, 6. 46950 Xirivella (Valencia)

Horario: De lunes a viernes de 8:00 h. a 14:30 h.

Tfno: 963135050

Tramitación:

Lugar de Presentación:

Registro General Ayuntamiento

Pza. Concordia 6, 46950 Xirivella

de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 h

de lunes a jueves de 17:00 a 19:30 h

y sábados de 10:00 a 12:30 h

Tenencia Alcaldía Barrio San Ramón y Monte de Piedad

C/ Montealegre 6, 46950 Xirivella

de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.

Barri de la Llum

C/ Constantí Llombrat, 1, 46014 Xirivella

de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h

y lunes, martes y jueves de 17:00 a 19:00 h

Requisitos:

Hay que presentar la declaración en los términos siguientes, a contar desde la fecha en que tenga lugar la acreditación del impuesto.

-Si se trata de actos inter-vivos, el término es de 30 días hábiles.

-Si se trata de actos mortis causa , el término es de seis mesos, prorrogables hasta un año si así lo solicita el sujeto pasivo.

Documentación requerida:

1. Declaración debidamente cumplimentada

2. Fotocopia del documento público objeto de la transmisión

3. Fotocopia del último recibo de IBI urbana de la propiedad transmitida, emitido y satisfecho.

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