PLANES DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA
A. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA INTEGRANTE DEL ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL NUM. 20 DEL PGOU
FINALIZADO EL PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
Con motivo de la elaboración del Estudio de Integración Paisajística de la Modificación Puntual núm. 20 del PGOU de Xirivella, la Concejalía del Emprendedor, a través de los Servicios Técnicos y Jurídicos del Ayuntamiento, está procediendo a la realización de un proceso de participación pública con objeto de conocer la percepción de la zona afectada por la modificación y su entorno por parte de la ciudadanía.
La modificación del planeamiento tiene por objeto, entre otras cosas, cambiar el uso de parte de la parcela en la que se encuentra el parque San José y Jesús Ferrando para la construcción de un nuevo teatro auditorio pero manteniéndose el edificio en el que se encuentra la actual Escuela de Formación para Adultos, "L´Escoleta".
Este Plan de Participación Pública ha sido aprobado, junto con los documentos de la MPGX-20 y el Estudio de Integración Paisajística, mediante acuerdo plenario de fecha 29 de marzo de 2012.
Las encuestas del Plan de Participación Pública se podrán:
a) presentar directamente en las oficinas de información municipal, o
b) enviar a la dirección de correo electrónico plandeparticipacionpublica@xirivella.es
Documentos integrantes del Plan de Participación Pública:
a) Plan de Participación Pública
b) Encuesta
B. REVISIÓN DEL PGOU
Con ocasión de la redacción del documento de Concierto previo para la revisión del Plan General de Ordenación Urbana que se está llevando a cabo en el Ayuntamiento de Xirivella, fue acordado mediante Decreto núm. 368/08, de 3 de marzo (ratificado por el Pleno del Ayuntamiento de 27 de marzo de 2008), el despliegue del Plan de Participación Pública, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, aprobado por Decreto 120/2006, de 11 de agosto (arts. 13 a 17 y concordantes), la Ley 27/2006, de 18 de julio por la cual se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente y en la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo.
El despliegue del Plan de Participación Pública se ha publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el DOCV (núm. 5749, de 24 de abril de 2008) y en el BOP (núm. 74, de 28 de marzo de 2008). Asimismo, se ha dado traslado de éste a los grupos de interés y del lugar en los términos que establece el art. 14 del RPCV.
En la primera fase del Plan de Participación Pública se ha procedido a efectuar una consulta pública para la valoración de las unidades de paisaje y de los recursos paisajísticos, a través de una serie de encuestas que se han formulado a los participantes. Estas encuestas han estado a disposición de los vecinos y vecinas de Xirivella en la página web municipal.
Por otra parte, y dentro del proceso de participación pública, el pasado 6 de marzo de 2008, a las 19:30 horas, tuvo lugar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, un taller de valoración pública del paisaje del municipio, presidido por el Sr. Concejal de Planificación y Disciplina Urbanísitca, Proyectos y Participación Ciudadana, D. Joan Antoni Pérez i Domènech y llevado a cabo por el equipo redactor encargado de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Xirivella
Unidades de paisaje - Recursos Paisajísticos 1/4
Unidades de paisaje - Recursos Paisajísticos 2/4
Unidades de Paisaje - Recursos Paisajísticos 3/4
Unidades de Paisaje - Recursos Paisajísticos 4/4
NORMAS URBANÍSTICAS
La revisión-adaptación del Plan General de Ordenación Urbana de Xirivella fue aprobada por la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia en sesión de 22 de noviembre de 1989, habiéndose publicado el correspondiente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 5 de fecha 6 de octubre de 1.990.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 , de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local fueron publicadas las normas urbanísticas que integran la revisión-adaptación de dicho instrumento de planeamiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 80 de fecha 5 de abril de 1991.
Posteriormente y en ejecución de la Sentencia del TSJ de Valencia de 30 de julio de 1992 se adoptó nuevo acuerdo de aprobación por la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia en sesión de 24 de marzo de 1993, habiéndose publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de fecha 9 de junio de 1993.
En la actualidad se han llevado a cabo 16 modificaciones puntuales del Plan General de Ordenación Urbana, estando pendientes de aprobación definitiva las número 13 y 16.
Índice de las Normas Urbanísticas
PLANOS DE INFORMACIÓN
* Aprovechamiento de aguas, acequias y pozos
* Planeamiento vigente (anterior a 1989)
* Redes de comunicación, esquema viario
* Riesgo de avenidas, inundabilidad
PLANOS DE ORDENACIÓN
MODIFICACIONES PUNTUALES DEL PGOU
SOLICITUD DE INFORMACIÓN URBANÍSTICA
Toda persona, sea o no interesada a efectos legales, tiene derecho a solicitar por escrito la emisión de informe urbanístico referente a la clasificación, calificación y demás características del régimen urbanístico (condiciones de ordenación, gestión, uso, aprovechamiento, programación urbanísticos...) aplicables a una parcela concreta, sector, unidad de ejecución o ámbito determinado.
En la solicitud de informe urbanístico se deberá acompañar la siguiente documentación:
- Identificación de la persona solicitante
- identificación catastral de la parcela o parcelas sobre las que se solicita información
- Plano de emplazamiento
- Justificante del ingreso previo de la tasa
La solicitud deberá precisar de manera detallada la información que se solicita y el objeto de la consulta, que deberá sintetizarse en preguntas concretas y específicas. No se admitirán las consultas genéricas o abstractas.
Modelo de solicitud: Instancia genérica
SOLICITUD DE CÉDULA DE GARANTIA URBANÍSTICA
Cualquier persona podrá solicitar la expedición de la cédula de garantía urbanística para las parcelas susceptibles de edificación mediante actuación aislada.
La cédula de garantía urbanística hace referencia a las siguientes circunstancias urbanísticas:
a) Situación de la finca, con expresión de los linderos y si está o no edificada
b) Uso global del suelo asignado por el Plan general
c) Uso pormenorizado asignado por el Plan general de ordenación urbana
d) Zona de utilización en que se halle el terreno
e) Unidad de actuación de que se trate y sistema de actuación aplicable
f) Edificabilidad que tenga atribuida por el Plan
g) Aprovechamiento tipo de la zona
h) Grado de urbanización
La cédula de garantía urbanística tendrá una vigencia de una año, dentro del cual deberá solicitarse la pertinente licencia
El otorgamiento de cédulas de garantía urbanística quedará en suspenso con motivo de la suspensión del otorgamiento de licencias previsto en el art. 101 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre.
Modelo de solicitud: Instancia genérica
